La jurisdicción ordinaria en Al-Andalus, correspondía a los cadies, que ocupaban a grandes rasgos el papel de los jueces en la actualidad. Eran nombrados por el soberano, y tenían que ser expertos en Derecho.
Pero además de las labores meramente jurisdiccionales, los cadies tenían muchas otras atribuciones que encajaban en un sistema judicial interesante y complejo.
A los Cadíes, además de ser expertos en Derecho, también se les exigía buena conducta, quizás por las muchas exigencias que se les demandaba para acceder al cargo, los cadíes gozaban de una gran reputación y prestigio en el seno de la sociedad andalusí.
Entre estas buenas conductas que se les demandaba, destacaban las de ser musulmán, ser una persona inteligente, superar la pubertad, ser hombre y además ser un hombre libre. Además de estos requisitos, había que contar con la confianza del Califa y fundamentalmente del Gran cadí de Córdoba.
Como decíamos, los Cadíes, tenían potestad en toda clase de asuntos jurídicos, pero, sorprendentemente también tenían otras atribuciones tales como las religiosas y las administrativas.
Los Cadies de todo el Califato de Córdoba se encontraban en una estructura jerárquica en lo organizativo (más no en lo jurisdiccional) presidida por el Gran Cadi de Córdoba. Este, era elegido por el Califa y tenía total independencia en su cargo.
Esta estructura jerárquica lo era sólo formalmente, ya que en la práctica era imposible apelar. Lo más habitual era que tras pasar un tiempo de un litigio, se volviera a juzgar, esto se debe a la ausencia del principio de “cosa juzgada”, lo cual generaba una gran inseguridad jurídica en asuntos de toda índole.
Los cadís estaban acompañados de un consejo de especialistas en Derecho musulmán que realizaban dictámenes jurídicos y religiosos y fueron generando una jurisprudencia de sus dictámenes.
Además de los Cadís, también existían dos magistrados especiales, el Mazalim, que se encargaba de casos en los que había indicios de abuso de poder, y el Radd que se encargaba de asuntos dudosos.
Pero además, para hacer cumplir las decisiones de los Cadis, estos tenían una serie de funcionarios a su servicio que velaban por la aplicación de las decisiones de los mismos. En concreto, por debajo del Cadi estaban el Muhtasib, que hacía la función de policía, la hisba, que vigilaba de vigilar la conducta comercial, el zabalsorta como policía de la ciudad y el juez de las herencias que exclusivamente conocía de asuntos sucesorios.
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Por Fernando López Corsi, licenciado en Derecho por la Universidad de Alicante.