La Compilación Oficial de 1247 en Aragón

La adaptación del Derecho tradicional

Para un monarca como Jaime I, imbuido de las corrientes legislativas de la época, ampliamente desarrolladas en otros reinos, la tarea de concretar el Derecho aragonés, disperso e incompleto, había de constituir un imperativo de acción. Además, en su ánimo debía pesar también la merma que para la preeminencia del poder real, que él afirmaba celosamente, representaba el separatismo feudal de la poderosa nobleza aragonesa y catalana. Efectivamente, mientras en Cataluña y Mallorca regían sus respectivos derechos, relativamente fijados en redacciones oficiales, en Aragón regían oficiosamente unas redacciones consuetudinarias firmemente arraigadas en el territorio.

La tarea que se propuso realizar suponía, pues, adaptar a las circunstancias del momento ese Derecho tradicional no oficial, reconocido y respetado por sus antecesores en el trono. En suma, recogerlo en una compilación oficial que, respetando su esencia, alcanzara esa uniformidad jurídica que las nuevas corrientes doctrinales reclamaban. Para ello era necesario desarrollar lo ya existente, añadiendo y suprimiendo lo inadecuado y aclarando los extremos confusos de las redacciones existentes para su mejor aplicabilidad.

La colaboración de los "legistas"

Para la elaboración de esta Compilación, como de toda su labor legislativa, administrativa y de gobierno, Jaime I supo rodearse de consejeros que, formados en el Derecho común y salidos de las universidades francesas, italianas y españolas, en las que se estudiaba el nuevo Derecho de la Recepción, formaban el nuevo estamento profesional de los juristas o "letrados", incondicionales servidores de la monarquía.

En el caso de Aragón, a lo largo de todo su reinado (mediados del siglo XIII), encontramos a Jaime I rodeado de personajes que le asesoran en materia de gobierno o en política legislativa, constituyendo elementos decisivos para la fijación del Derecho territorial aragonés. Procedentes de la Universidad de Bolonia encontramos al lado del rey sujetos tan cualificados como San Raimundo de Peñafort, Pere Albert, Arnaldo de Gurb o Vidal de Canellas. De entre todos ellos, este último desempeñaría un papel de primer orden en la redacción del texto oficial conocido como Fueros de Aragón o Código de Huesca.

Fuente:
Manual básico de Historia del Derecho - Enrique Gacto Fernández, Juan Antonio Alejandre García, José María García Marín.