El "Fuero Juzgo"

Vamos a ver en esta entrada en qué consistió el denominado "Fuero Juzgo".

Fuero Juzgo e Historia del Derecho


Resulta lógico pensar que el autoritarismo político hacia el que caminaba el monarca castellano bajomedieval, sería por principio incompatible con la diversidad jurídica existente en Castilla. La unidad política suele reclamar históricamente la jurídica y ya conocemos cuál era el panorama existente en la Corona de Castilla a principios del siglo XIII.

- El Liber Iudiciorum es traducido al romance (s. XIII) como Fuero Juzgo


Como ya comentamos, los primeros intentos por superar la heterogeneidad jurídica se realizaron sobre la base del Fuero de Cuenca, pero sobre todo apelando al que en su momento hemos considerado como punto de partida del derecho medieval: el Liber Iudiciorum. Traducido al romance en el siglo XIII como Fuero Juzgo, Fernando III y Alfonso X lo otorgaron como fuero municipal por localidades de los reinos de Andalucía y Murcia recién incorporados a Castilla, lo que no debe extrañar si tenemos en cuenta que en el propio Liber se contenía el principio romano de que es al rey a quien corresponde crear las leyes.

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Fuente:
Manual de Historia del Derecho (Temas y antología de textos) | Enrique Gacto Fernández, Juan Antonio Alejandre García, José María García Marín | Página 188.