La expansión romana comenzó inicialmente, como podemos imaginar, por las tierras más cercanas a la Urbe. Y es que Roma había celebrado, tradicionalmente, un tratado en el año 493 a.C. con las denominadas ciudades del antiguo Lacio, con el que se desarrollaba la confederación latina y se colocaba en un plano de igualdad a Roma y sus aliados, siendo los habitantes de los ciudades del Lacio (a los que se llamaría latini prisci o veteres) ciudadanos romanos y beneficiarios pues de su Derecho.
Ilustración de John Reinhard Weguelin (1880) sobre una batalla de las guerras latinas. |
- El Estado de latinidad o ius latii
Esta alianza fue rota, aunque rehecha de nuevo en el año 338 a.C., sin la anterior equiparación jurídica entre los ciudadanos romanos y los pertenecientes a las ciudades del antiguo Lacio, ya que Roma pasó a ejercer la dirección absoluta de la federación, quedando estas ciudades en un estadio de semiciudadanía o de disfrute parcial de la ciudadanía romana. Este nuevo estado sería considerado de "latinidad", o en palabras latinas ius latii, permitiendo a sus beneficiarios participar en los asuntos pertenecientes al ius comercii rigiéndose por el ius civile (que no ius gentium, dedicado a los extranjeros).
No eran sin embargo iguales ante el Derecho los latinos, comparándolos con los ciudadanos romanos, de forma que el Derecho romano no les protegía de ciertas relaciones privadas, como por ejemplo el ius connubii, que desaparecía para ellos (en este caso los latinos se regían por lo establecido en su Derecho ciudadano).
- Los latinos en el orden político
Los latinos también veían restringido de un modo casi total su derecho de voto en asambleas y el ejercicio de cargos públicos, pudiendo sólo votar cuando se trasladaban a la ciudad romana y ejerciendo únicamente magistraturas municipales en sus propias ciudades (recordemos que el ciudadano romano, o civis romanus, gozaba de su derecho en todo el territorio dominado por Roma).
Técnicamente el estatuto político que conformó la latinidad no se aplicó en exclusiva a los habitantes de las ciudades del Lacio que formaron con Roma la confederación latina, sino que constituyó un modelo (o molder) aplicable a las futuras personas que fuesen consideradas latinas por Roma.
Este estatuto político de la latinidad no sólo representaba la situación especial de los habitantes de las ciudades del Lacio que formaron con Roma la confederación latina, sino también constituyó un molder o modelo aplicable a cuantas personas fueras equiparadas a las latinas en el futuro por concesión de Roma.
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Por Javier García de Tiedra González, Graduado en Derecho por la Universidad de Cádiz.
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Fuente:
Enrique Gacto Fernández, Juan Antonio Alejandre García, José María García Marín, "Manual de Historia del Derecho (Temas y antología de textos)", páginas 32 - 33.