La enseñanza del Derecho en Bolonia

La Escuela de Bolonia se caracterizó por difundir un nuevo modo de enseñar el Derecho, primero en Italia y más tarde en otros países de la Europa occidental en los siglos XII y XIII.


Escuela Bolonia

Gracias al análisis de los "Estatutos y privilegios de la Universidad de los juristas de Bolonia", que fueron redactados en 1432, y más especialmente del capítulo 9 de su libro primero, podemos sacar conclusiones acerca de la enseñanza del Derecho llevado a cabo en esta revolucionaria Escuela.

- El estudio del Decreto y las Decretales (primeros dos años de estudios)


Se establecía que el Decreto sería explicado mediante la elección de dos decretistas del Derecho canónico, de los cuáles uno se encargaría de explicar por la mañana y otro por la tarde, dividiéndose la materia. La explicación de las decretales también correspondía a los doctores.

Esta explicación constaría de dos años, en los que los alumnos aprendían el Decreto y las Decretales.

- El estudio del Código y el Infortiatum (tercer año de estudio)


El libro del Código y su estudio estaba a cargo de otros dos doctores, que comenzaban a explicarlo en el tercer año. El primero de ellos explicaba de los libros primero al sexto por la mañana y el segundo los restantes por la tarde empezando por el sexto.

Además, en este tercer año se explicaba también el llamado Infortiatum por otros dos doctores, entendemos que de Derecho civil, ya que este libro contenía títulos como "La disolución del matrimonio" o "Sobre los legados".

- El Digesto viejo y el Digesto nuevo (cuarto año)


El estudio del Digesto viejo se llevaba a cabo en el cuarto año, impartido por dos doctores en Derecho, conteniendo el mismo títulos como "De la Justicia y del Derecho". En el mismo año se explicaba el Digesto nuevo por otros dos doctores.

En nuestra fuente encontramos referencias a más años, en los que se estudiaba el Volumen o se repetía el estudio de los anteriormente mencionados.

Como curiosidad queda el hecho del establecimiento de una multa en el caso de que los doctores empezasen a impartir materia después del toque de la campana de San Pedro, o después de que la campana indicase el final de las clases.

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El fragmento de los "Estatutos y privilegios de la Universidad de los Juristas de Bolonia" que hemos analizado en este artículo lo podéis encontrar en las páginas 131 - 133 del Manual del Derecho de Alfonso García-Gallo, en su tomo II.

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Por Javier García de Tiedra González, Graduado en Derecho por la Universidad de Cádiz.