El siglo XIX se caracterizó por ser denominado el siglo de la codificación en España. De igual forma, los 'códigos' ya habían existido en otros momentos de la historia junto a su correspondiente proceso de 'codificación', aunque como veremos, con diferente significado.
Código penal de 1822, uno de los primeros en publicarse. |
- Características de los 'Códigos' en la etapa liberal
+ Ordenación sistemática de las instituciones del Derecho
En contraposición a las compilaciones de tiempos pasados, que simplemente hacían alusión a un libro en el cual se reunían todas las normas jurídicas, el código de la etapa liberal ofrecía una ordenación sistemática de las instituciones del Derecho.
+ Lo compilado aparece como nueva ley
A diferencia de los antiguos códigos, como por ejemplo el Código de Justiniano o el Código de las Siete Partidas, lo compilado en los códigos liberales aparece como nueva ley, promulgada en una misma fecha.
+ Dirigidos a una única materia o rama del Derecho
Los códigos liberales se caracterizaban, asimismo, por estar dirigidos a una única materia o rama del Derecho, a diferencia de los antiguos que tenían un carácter muy heterogéneo.
Los textos constitucionales, característicos de esta época, insistían en la necesidad de la creación de unos códigos sobre cada materia o rama del Derecho, aunque la codificación de algunas de estas ramas se vieron frenadas y su realización fue lenta.
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Por Javier García de Tiedra González, Graduado en Derecho por la Universidad de Cádiz.