Sólo el Código y las Novelas fueron objeto, con anterioridad al siglo XI, de una cierta actividad exegética en Italia, especialmente en Roma y Rávena. La explicación se encuentra lógicamente en la menor dificultad que su estudio ofrecía, frente al Digesto o las Instituciones, ambas de carácter mucho más científico. En especial, el primero que, por contener la obra de los juristas romanos clásicos, resultaba muy difícil de comprender según el nivel cultural de la época.
A esto quedaba reducida la actividad científica en torno a la obra de Justiniano en Italia en la época citada. Sin embargo, a mediados del siglo X comenzó a despuntar una nueva etapa de gran interés para el estudio del Derecho, a lo largo de la cual se afirmó sólidamente una nueva técnica en la elaboración jurídica, más madura, completa y eficaz. A ella responden precisamente dos obras significativas, las "Exceptiones legum romanorum Petri", un compendio del Corpus justinianeo realizado en el Sur de Francia y de amplia difusión por Francia, Italia y Cataluña y el Brachylogus iuris civilis, una exposición del Derecho romano que responde al sistema de las Instituciones. En otros ámbitos los estudios jurídicos sólo contaban con los textos del Breviario de Alarico, en algunas zonas de la Francia meridional, y del Liber Iudiciorum, en España.
Fuente:
Manual de Historia del Derecho (Temas y antología de textos).
Enrique Gacto Fernández, Juan Antonio Alejandre García, José María García Marín.
Páginas 159-160.